Como resultado de la participación de más de dos mil panameños, que, en representación de aproximadamente 22 organizaciones de la sociedad civil, del gobierno y de partidos políticos, lograron consensuar en 2007 los Acuerdos de la Concertación Nacional para el Desarrollo (ACND).

Para evaluar el avance en el logro de los Acuerdos establecidos y el cumplimiento de los mismos por parte del Gobierno Nacional, el Consejo de la Concertación Nacional para el Desarrollo (CCND), propuso la creación del Mecanismo de Verificación y Seguimiento (MVS), el cual fue establecido formalmente mediante Ley 20 de febrero del 2008 que fue reglamentada al Decreto Ejecutivo 854 de 24 de agosto de 2010, que permitió la entrada en funcionamiento del MVS, conformado por el Consejo de la Concertación Nacional para el Desarrollo, el Gabinete Social y la Secretaría de Metas Presidenciales.

El Gabinete social es la instancia responsable de la coordinación de las acciones, los programas y los proyectos gubernamentales orientados a la consecución de las metas y los objetivos establecidos en la Concertación Nacional. Para ello, se apoya en su Secretaría Técnica.

La reglamentación de la Ley 20 mandata que la Secretaría Técnica del Gabinete Social, en coordinación con la Secretaría de Metas Presidenciales y el Ministerio de Economía y Finanzas, elaborará un documento que identifique los programas, proyectos, objetivos y metas coincidentes entre el Plan Estratégico Económico y Social del Gobierno Nacional y los Acuerdos de la Concertación. Para ello contará con el apoyo del Secretario Ejecutivo del CND.

En el contexto de los MVS, la Secretaría Técnica del Gabinete Social, en coordinación con la Secretaría de Metas Presidenciales y el Ministerio de Economía y Finanzas, elaborará un documento que identifique los programas, proyectos, objetivos y metas coincidentes entre el Plan Estratégico Económico y Social del Gobierno Nacional y los Acuerdos de la Concertación Nacional para el Desarrollo.

EL MVS contará con un Órgano Superior de Dirección, de carácter político, que estará integrado por el Presidente del Consejo de la Concertación Nacional para el Desarrollo, el Coordinador Técnico del Gabinete Social, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Secretario de Metas Presidenciales y el Secretario Ejecutivo del Consejo de la Concertación Nacional para el Desarrollo, que ejercerá la Secretaria del Órgano.

Para el apropiado funcionamiento del Órgano Superior de Dirección del MVS, se establece un Comité Técnico, integrado por el Secretario Ejecutivo del Consejo de la Concertación Nacional para el Desarrollo, el Secretario Técnico del Gabinete Social y un delegado de la Secretaría de Metas Presidenciales y un delegado del Ministerio de Economía y Finanzas.